Por Carla Buendía
Morelia, Michoacán.- Ya sea porque no cuenta con residencia en el municipio por el que buscan contender o por estar registrados en un partido político, aparentemente sin saberlo, dos ciudadanos impugnaron la convocatoria a candidaturas independientes del Instituto Electoral de Michoacán y el Tribunal Electoral resolvió a su favor.
El Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), deberá resolver la modificación a la fracción III, segundo párrafo y el previsto en la fracción VI, del párrafo tercero, de Base Primera de la convocatoria para participar como candidato independiente en los 112 ayuntamientos.
El tribunal electoral le dio la razón a los quejosos argumentando que se viola el derecho a ser votado, abriendo la posibilidad de que cualquier michoacano pueda elegirse para alcaldía o cualquier otro cargo vecino a su municipio, sea o no lugar de residencia, vecindad o actividades.
“Que le causa agravio que la autoridad responsable no contempló la posibilidad de la vecindad en municipios que conformen una zona metropolitana, como es el caso de las ciudades de Zamora y Jacona, Michoacán, lo que viola en su perjuicio el derecho de ser votado dentro de un área en la que las funciones y actividades rebasan los límites del municipio”, refiere parte del resolutivo.
Respecto al requisito de NO estar afiliado a un partido, resolvió el tribunal que también es violatorio y discriminatorio de las personas, “en virtud de que requisito impugnado deviene directamente de dicho precepto normativo; le afecta de manera desproporcionada y diferenciada hasta el grado de hacer imposible el ejercicio de su derecho de ser votado, en tanto que existen constancias de que el actor estuvo afiliado al PAN, entre el dos de febrero y el treinta y uno de agosto; motivo por el cual, solicita su inaplicación.
Por lo anterior, deberá el IEM modificar las bases de la convocatoria y por lo tanto cualquiera que viva en zonas conurbadas de un municipio de su interés, podrá participar de las elecciones.