Cecilia Sierra
Morelia, Michoacán., 23 de enero de 2021. – Son a75 comuneros y comuneras indígenas originarias de la Santiago Azajo, población de Coeneo, que fueron arrestados después de una manifestación que presuntamente se tornó violenta y ameritó el ingreso de la fuerza pública, pese a que se encontraba una mesa de dialogo con las autoridades municipales y de Gobierno del Estado.
Fuentes oficiales de la Fiscalía General de Michoacán confirmó que se encuentran detenidos por su probable participación en los delitos de daño en las cosas y lesiones, sin embargo no será hasta que concluya el periodo de ley que la Fiscalía decida si ejerce o no acción penal, los presenta o no ante la autoridad jurisdiccional.
Al respecto informó Comité Cerezo México y el Comité Popular de Derechos Humanos del FNLS en Michoacán que:
“A las 18:00 horas del 22 de enero del 2022, después de sostener una mesa de diálogo con el gobierno estatal, comuneros y comuneras de la comunidad indígena de Santiago Azajo, Municipio de Coeneo que luchan por el presupuesto indígena fueron arbitrariamente detenidos”
Entre los detenidos se encuentra Efrén Sosa Dimas, quien se encuentra grave de salud y hasta el momento no ha recibido la debida atención médica y la maestra Ofelia Sosa Cruz, del Sector IX de educación indígena de la Sección XVIII de la CNTE.
Acusan que algunas de las personas detenidas fueron golpeadas por parte de la Unidad de Restablecimiento del Orden Público (UROP) y exigen que se les permita una defensa jurídica adecuada y visita de sus familiares para constatar su estado físico y psicológico.
Por lo anterior, el Comité Cerezo México y el Comité Popular de Derechos Humanos del FNLS en Michoacán solicitan al gobierno mexicano:
• Tomar de manera inmediata las medidas apropiadas para garantizar la seguridad e integridad física y psicológica de los 74 comuneros del Concejo Indígena de Santiago Azajo
• De manera urgente que la CNDH investigue y sancione a los responsables de las detenciones arbitrarias.
• De manera general, conformar sus acciones a lo dispuesto por los Pactos y Convenciones Internacionales de derechos humanos firmados y ratificados por México.
A los organismos nacionales internacionales de protección de los derechos humanos que:
• En la medida de sus atribuciones externen al Gobierno Mexicano su preocupación ante la gravedad de estos hechos e insten al gobierno mexicano a que atienda las peticiones planteadas.