Redacción
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que ninguna persona tiene derecho a revisar el correo electrónico o cuentas de comunicación personales ajenas sin previa autorización.
De tal manera que ningún familiar, amigo o cualquier persona puede revisar tus conversaciones de Whatsapp, Facebook, entre otras, sin tu persmiso.
Este fallo busca salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, por eso está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena.
Cabe anotar que dicho fallo se dio luego de que un hombre imprimiera más de 300 correos electrónicos de su esposa, para usarlos como prueba de adulterio y obtener el divorcio y la custodia de sus hijos.
Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas. ADR 1621/2010 🔗 https://t.co/2HzXaKYPVI pic.twitter.com/x6P5c4Nqst
— Suprema Corte (@SCJN) May 23, 2019