Por Redacción
Zacapu, Michoacán, a 2 de marzo del 2021.- El pasado jueves el presidente Luis Felipe Leòn Balbanera mediante sus redes sociales difundió un mensaje oficial donde dio a conocer las nuevas medidas para prevenir el COVID durante el mes de Marzo. En las que resaltan las siguientes:
“Se reitera el uso obligatorio de cubre bocas para todas las personas que se encuentren en la vía pública, así como en establecimientos comerciales e instituciones públicas o particulares de uso público. Se establece que de acuerdo a lo anterior, el uso de cubre bocas en la vía pública es de carácter obligatorio.” Dijo el mandatario zacapense.
Todo comercio formal e informal, esencial y no esencial, se establece que podrá laborar en su horario habitual; siempre y cuando cumplan con las medidas de higiene y sanidad.Haciendo de su conocimiento que todos los usuarios que se encuentren dentro y fuera del establecimiento en espera de atención, deberán cumplir con las medidas de prevención ya establecidas o de lo contrario se aplicaran las sanciones correspondientes, acotando desde este momento que dichas personas son responsabilidad propia de su establecimiento.
Respecto a la expedición y venta de bebidas alcohólicas en centros comerciales, tiendas de autoservicio, vinaterías, abarrotes y/o cualquier otro establecimiento de naturaleza análoga, se establece que podrá laborar en su horario habitual. Por lo que refiere a los establecimientos de venta y consumo de bebidas alcohólicas, se permite atender consumidores en su establecimiento hasta en un 70% de su capacidad, mismo que será regulado y vigilado por la Dirección de Salud Municipal en coordinación con Protección Civil y Seguridad Publica.
Por lo que respecta al comercio en la vía pública, se permitirá apegándose a las disposiciones que se decreten para las uniones de manera particular; atendiendo en todo momento las disposiciones Sanitarias, de lo contrario se aplicaran las sanciones.
A todo comercio formal con venta de alimentos, se permite atender comensales en su establecimiento hasta en un 70% de su capacidad habitual, exhortando en todo momento la modalidad de servicio para llevar o a domicilio. Debiendo cumplir con las medidas de prevención y horarios ya establecidos o de lo contrario se aplicarán las sanciones correspondientes, acotando desde este momento que dichas personas son responsabilidad propia de su establecimiento.** entre otras.
Consultar documento completo en: https://drive.google.com/file/d/1urQaQuxqvGm1_kq7lpi7HGLcKri5823u/view?fbclid=IwAR1YMY6o2Jx6ojqRWUVjRLBFWlD8R7VOjysSO181OrFkA70-PP2aFTaC_98