Por Arturo Ismael Ibarra Dávalos.
En México se ha definido al derecho burocrático como el conjunto de normas jurídicas que regulan la relación laboral entre el estado y sus trabajadores.
Las diferencias que pueden surgir entre el estado y sus servidores se deben dirimir ante la autoridad jurisdiccional, la cual en la legislación actual se denomina: tribunal federal de conciliación y arbitraje y en cada entidad federativa reciben distintos nombres, pero el más utilizado es el de tribunal local de conciliación y arbitraje.
Hablar del Derecho Burocrático, es hablar del derecho laboral, enfocado a los trabajadores al servicio del estado, las entidades federativas y los municipios.
Para las personas que no trabajan dentro del sistema de gobierno, la burocracia es un mal que parece interminable sin embargo, quienes no conocen el sistema laboral interno no se dan cuenta de que el empleado de gobierno o servidor público tiene mucho más responsabilidad que cualquier otro trabajador o empleado de alguna empresa, pues el servidor público no trabaja para alguien en particular, sino para un representante de la sociedad que tiene como finalidad el buen gobierno, la buena administración y el buen trato hacia la sociedad en general.
El trabajador de base burocrático es la persona física que presta sus servicios en forma subordinada al patrón Estado, después de que éste le ha expedido un nombramiento para desempeñar un puesto de empleo, y lo hace en su carácter de titular autorizado por la ley.
El derecho burocrático ha sido una rama del derecho que no ha sido estudiada muy afondo, han existido una gran variedad de ideas respecto del derecho burocrático, primeramente el término burocrático fue utilizado de manera peyorativa para referirse a los trabajadores al servicio del edo. Ellos no tenían un derecho que regulara y los protegiera de actos emitidos por el estado.
Al paso del tiempo, evolucionaron las leyes respecto de este grupo, con lo cual surgieron órganos para resolver la controversia entre estado y trabajadores, haciendo una distinción respecto de las controversias entre trabajadores y patrones a nivel de empresas privadas.
El derecho burocrático, ha sido definido por varios juristas, algunos como Fix-Zamudio lo integran al derecho social. Como disciplina autónoma del derecho, y que tiene tres pilares que lo sustentan, los sectores administrativo, laboral y de seguridad social; cuya fuente formal se encuentra en el apartado b) del artículo 123 constitucional, en relación con los numerales 116 y 117. Trueba Urbina sostiene que el derecho del trabajo burocrático es lo mismo que el derecho burocrático.
El derecho burocrático ha evolucionado de cierta forma en la legislación mexicana, que, a través de los años y distintos ordenamientos jurídicos ha implementado cosas nuevas o ha hecho distinciones de algunos conceptos, aunque siempre dejando un poco de lado la palabra burocracia porque se puede interpretar de manera peyorativa. Esta rama del derecho, tiene en su contenido aquéllas relaciones entre el estado y sus trabajadores o servidores públicos, o entre el estado y sus servicios públicos, que no regula como se desarrollan estos, sino la relación entre las personas que realizan las labores de servicio público para el estado y este como patrón de las anteriores en las llamadas actividades estatales de poder.